Xunta de Galicia - Consellería de Economía e Facenda

ANEXO 5, TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA, OCUPACIÓN O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA DE LA LEY 6/2003, DE 9 DE DICIEMBRE, DE TASAS, PRECIOS Y EXACCIONES REGULADORAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. (D.O.G. Núm.240 de 11 de diciembre de 2003). (1)

(1) Tarifas actualizadas por la Ley 8/2003, de 23 de diciembre, de PGCA para 2004 (DOG nº 251, do 29 de diciembre de 2003), y Ley 13/2004, de 29 de diciembre, de PGCA para 2005 (DOG nº 253, de 29 de diciembre de 2004), y Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de PGCA para 2006 (DOG nº 250, de 30 de diciembre de 2005), Ley 14/2006, de 28 de diciembre, de PGCA para 2007 (DOG nº 249, de 29 de diciembre de 2006) y Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de PGCA para 2008 (DOG nº 251 de 31 de diciembre de 2007).

TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA, OCUPACIÓN O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO (Código 34)
Código Descripción Tarifa
01 Dominio público en general  
  - Mínimo 2%
  - Máximo 6%
  Reglas Dominio público en general  
02 Dominio público portuario  
  a) ocupación de terrenos y aguas del puerto  
  - áreas destinadas a usos portuarios relacionados con el intercambio entre modos de transporte, a los relativos a desarrollo de servicios portuarios y a otras actividades portuarias comerciales, pesqueras y náutico-deportivas 5%
  - áreas destinadas a actividades auxiliares o complementarias de las actividades portuarias, incluidas las logísticas, de almacenaje y las que correspondan a empresas industriales o comerciales 6%
  - áreas destinadas a usos no portuarios 7%
  - espacio de agua para relleno durante las obras 2,5%
  - espacio del agua para relleno finalizadas las obras 5%
  b) ocupación del vuelo o subsuelo de terrenos o espacios sumergidos 2,5%
  c) en el caso de ocupación de obras y instalaciones  
  - áreas destinadas a usos portuarios relacionados con el intercambio entre modos de transporte, a los relativos a desarrollo de servicios portuarios y a otras actividades portuarias comerciales, pesqueras y náutico-deportivas  
  - sobre valores de terrenos, espacio de agua y obras e instalaciones 5%
  - valor depreciación anual asignada 100%
  - áreas destinadas a actividades auxiliares o complementarias de las actividades portuarias, incluidas las logísticas, de almacenaje y las que correspondan a empresas industriales o comerciales  
  - sobre valores de terrenos, espacio de agua y obras e instalaciones. 6%
  - valor depreciación anual asignada 100%
  - áreas destinadas a usos no portuarios  
  - sobre valores de terrenos, espacio de agua y obras e instalaciones. 7%
  - valor depreciación anual asignada 100%
  d) uso consuntivo sobre el valor de los materiales consumidos 100%
  Reglas Dominio público portuario  
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