Xunta de Galicia - Consellería de Economía e Facenda

ANEXO 3, TASA POR SERVICIOS PROFESIONALES: MODALIDADES ACTUACIONES PROFESIONALES DE LA LEY 6/2003, DE 9 DE DICIEMBRE, DE TASAS, PRECIOS Y EXACCIONES REGULADORAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. (D.O.G. Núm.240 de 11 de diciembre de 2003). (1)

(1) Tarifas actualizadas por la Ley 8/2003, de 23 de diciembre, de PGCA para 2004 (DOG nº 251, do 29 de diciembre de 2003), y Ley 13/2004, de 29 de diciembre, de PGCA para 2005 (DOG nº 253, de 29 de diciembre de 2004), y Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de PGCA para 2006 (DOG nº 250, de 30 de diciembre de 2005), Ley 14/2006, de 28 de diciembre, de PGCA para 2007 (DOG nº 249, de 29 de diciembre de 2006) y Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de PGCA para 2008 (DOG nº 251 de 31 de diciembre de 2007).

TASA POR SERVICIOS PROFESIONALES: MODALIDADES ACTUACIONES PROFESIONALES (Código 32)
Código Descripción Tarifa
01 Informes técnicos y otras actuaciones facultativas realizadas por personal técnico al servicio de la Xunta de Galicia y sus organismos autónomos cuando deban hacerse como consecuencia de disposiciones en vigor o de los términos propios de las concesiones.
  Sin salida al campo

28,16

  Con salida al campo

159,02

  Si es necesario salir más de un día, por cada día más

130,94

  En su caso, por foto

2,90

  Esta tarifa se incrementará en 35,38 € por ha.
03 Dirección e inspección de obras realizadas mediante contrato, incluidas las adquisiciones o suministros especificados en los proyectos y las correspondientes revisiones de precios a cargo de la administración para la gestión y ejecución de dichas actividades, ya sea mediante subasta, concurso, contratación directa o cualquier otra forma de adjudicación. La base de la tasa será el presupuesto de ejecución material, incluyendo en su caso las revisiones de precios y las adquisiciones y suministros específicos en los proyectos y según las certificaciones expedidas por el servicio. El tipo será del 4 %.
04 Tasa por redacción de proyectos, confrontación y tasación de obras y proyectos. La base de la tasa es el importe del presupuesto del proyecto de obras, servicios o instalaciones, y, en caso de tasación, el valor que resulte para la misma. El importe de la tasa se obtendrá multiplicando la raíz cúbica del cuadrado de la base por el coeficiente que a continuación se señala, es decir, por aplicación de la fórmula: t = cp2/3, donde p es igual a la base de la tasa dividida por diez.
  a) En caso de redacción de proyectos de obras, servicios e instalaciones se aplicará el coeficiente c = 2,181768. La tasa mínima será de

560,93

  b) En caso de confrontación e informe se aplicará el coeficiente c = 0,727256. La tasa mínima será de

233,77

  c) En caso de tasación de obras, servicios o instalaciones y en el de tasaciones de terrenos o edificios se aplicará el coeficiente c = 0,363628. La tasa mínima será de

187,05

  d) En caso de tasaciones de proyectos de obras, servicios o instalaciones se aplicará el coeficiente c = 0,272721. La tasa mínima será de

140,28

05 Examen de proyectos, comprobación de certificaciones e inspección de obras, tanto de nueva planta como de rehabilitación de toda clase de viviendas.
 

(Sobre presupuesto)
Se entiende por presupuesto la suma del presupuesto general incluidos el margen industrial y de administración, honorarios y valor de los terrenos.

0,07%
06 Visado de contrato de adquisición y arrendamiento de viviendas
4,77
07 Gestión técnico-facultativa de industrias y minas:
01 Capacitación profesional para el ejercicio de actividades en materias de industria: realización de pruebas para la obtención del certificado y expedición de certificados de capacitación profesional o empresarial

37,62

02 Renovación de los anteriores certificados

10,83

03 Actuaciones en materia de expropiación forzosa cuando el beneficiario no coincida con el expropiante (Esta cantidad se verá incrementada en 17,73 € por cada servidumbre y 44,18 € por cada finca que contenga el expediente)

373,95

06 Autorización de organismos notificados, laboratorios de ensayo, entidades auditoras y de inspección y laboratorios de calibración industrial.

216,12

07 Autorización a entidades habilitadas para impartir cursos sobre reglamentos de seguridad industrial

130,94

09 Autorización de utilización de productos (tubos, depósitos, contadores y otros)

86,48

10 Autorización y registro de empresas de venta y asistencia técnica de equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico

86,48

11 Autorización e inscripción o modificación de la inscripción en el registro de instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico

43,21

12 Autorización e inscripción o renovación de la autorización en el Registro de instaladores, mantenedores, reparadores de instalaciones de protección contra incendios

19,70

13 Autorización e inscripción o autorizaciones de modificaciones en las instalaciones radiactivas de segunda y tercera categoría

114,75

14 Renovación de autorizaciones de entidades habilitadas para impartir cursos sobre reglamentos de seguridad industrial. Sobre la tarifa consignada en el subapartado 07 se devengará el 50 % de la misma.
15 Autorización o notificación de organismos de control y verificadores medioambientales

216,12

16 Renovación de la autorización de utilización de productos.

43,26

17 Autorización a empresas (reparación de tanques, pruebas de estanquidad, tensión de paso y otras)

86,48

18 Renovación de la autorización a empresas del subapartado 17

43,24

19 Ampliación de autorización en nuevos campos de acreditación: el 50 % del subapartado 15

 

20 Asignación de contraseña de homologación para vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (ATP)

44,38

21 Expedición de certificado de ATP para vehículos importados destinados al transporte de mercancías perecederas

88,75

08 Conformado de certificaciones de organismos de control autorizados (OCA) o de entidades reconocidas.
  a) En actividades industriales (por cada certificado)

3,81

  b) En materia relacionada con el medio ambiente, en cuanto a los controles realizados por los OCA, por cada foco de emisión y por contaminante

37,514972

09 Inscripción en el Registro industrial y/o autorización de funcionamiento, así como las preceptivas actualizaciones. Base de aplicación. Importe de la maquinaria e instalaciones:
  Hasta 300,51 €

7,03

  De 300,52 hasta 751,27€

14,03

  De 751,28 hasta 1.502,53€

22,81

  De 1.502,54 hasta 3.005,06 €

33,45

  De 3.005,07 hasta 7.512,65 €

45,56

  De 7.512,66 hasta 15.025,30 €

59,59

  De 15.025,31 hasta 30.050,61 €

77,11

  De 30.050,62 hasta 45.075,91 €

98,12

  De 45.075,92 hasta 60.101,21 €

121,04

  Por cada 6.010,12 € o fracción de exceso hasta 6.010.121,04 €

3,19

  Por cada 6.010,12 € o fracción que exceda de 6.010.121,04 €

0,66

  En caso de denegación de inscripción se devengará el 50 % de la tarifa anterior.
10 Cambio de titular en Registro industrial y minero sobre tarifa consignada en el apartado 09, con un máximo de 916,49 €
25%
11 Reconocimientos periódicos de maquinaria e instalación
18,75
12 Modificación y/o ampliación de maquinaria y equipos. Sobre tarifa consignada en el apartado 09
40%
13 Traslado de instalaciones. Sobre tarifa consignada en el apartado 09
75%
15 Autorización de aparatos elevadores y grúas. Sobre tarifa consignada en el apartado 09
90%
17 Instalaciones de recipientes a presión de climatización, frigoríficos, de gas y de protección contra incendios. De la tarifa consignada en el apartado 09
100%
18 Autorización de instalaciones de distribución eléctrica. De la tarifa consignada en el apartado 09
150%
19 Autorización o registro de instalaciones.
  Eléctricas receptoras
20+0,6*(Pot. En Kw)
  Interiores de agua
22+2,4*(Caudal en l/s)
  Calefacción o climatización
30+0,6*(Pot. En Kw térmicos)
22 Inscripción, autorización y puesta en marcha de instalaciones mineras y de instalaciones elevadoras de agua. De la tarifa consignada en el apartado 09
150%
23 Comprobación del plan anual de labores mineras
  Hasta 601.012,10 De la tarifa consignada en el apartado 09
150%
  Por cada 6.010,12 o fracción de exceso
0,87
24 Verificación, verificación primitiva de la Comunidad Europea y primeras verificaciones realizadas por un laboratorio de verificación metrológica oficialmente autorizado o por un organismo de control metrológico, por instrumento
1,43
25 Verificación después de la reparación o modificación realizadas por un organismo autorizado de verificación metrológica, por instrumento
1,43
26 Verificaciones periódicas realizadas por un organismo autorizado de verificación metrológica, por instrumento
1,43
27 Actuaciones en materia de vehículos
  a) Reconocimiento para primera matriculación, vehículos de emigrantes y motos de importación

9,46

  b) Reconocimiento de vehículos reformados

 

  Conforme al proyecto

14,16

  Sin proyecto

7,04

  c) Reconocimiento de vehículos especiales

 

  Por el primer vehículo

46,83

  Por los sucesivos (por cada uno)

18,81

  d) Reconocimiento de matriculación de vehículos importados usados

46,83

  e) Reconocimiento de vehículos de transporte escolar

14,16

  f) Expedición de duplicado por la inspección técnica de vehículos

4,77

  g) Verificación de taxímetros

4,77

  h) Reconocimientos posteriores de taxímetros

4,77

  i) Corrección de errores en tarjeta ITV, independiente de Inspección Técnica

2,20

  k) Autorización de catalogación de vehículos históricos

38,25

  l) Autorización de reforma de importancia generalizada en vehículos

82,11

29 Tramitación de expedientes en materia de derechos mineros, excluyendo los gastos relativos a información pública. Rectificaciones, amojonamiento, divisiones y agrupaciones de demarcaciones existentes.
  a) Permisos de exploración
  Por las primeras 300 cuadrículas

1495,73

  Por cada una de las restantes

1,98

  b) Permisos de investigación

 

  Por la primera cuadrícula

1401,12

  Por cada una de las restantes

70,05

  c) Concesión de explotación derivada de permiso de investigación.

 

  Por la primera cuadrícula

2525,53

  Por cada una de las restantes

108,23

  d) Concesión de explotación directa

 

  Por la primera cuadrícula

2525,53

  Por cada una de las restantes

108,23

  e) Perímetros de protección

 

  Por las primeras 30 ha

1401,12

  Por cada una de las restantes

3,50

  f) Recursos de la sección A.

 

  Por las primeras 30 ha

1803,95

  Por cada una de las restantes

3,62

  g) Expedición del título de concesión minera

55,48

  En caso de que no sea admitida la solicitud se devuelve íntegro y en caso de que sea admitida la solicitud y no sea adjudicada se devuelve el 50 % de la tarifa anterior.
31 Deslindes de derechos mineros
  De la tarifa consignada en el apartado 29.d)
50%
33 Control de medio ambiente atmosférico y residuos.
01 Actividades de control de medio ambiente atmosférico.
  a) Medición de emisiones atmosféricas.

701,13

  Si es necesario más de un día, por cada día de más

560,93

  b) Control de emisiones

327,28

  c) Demuestre de residuos tóxicos y peligrosos

187,02

34 Pesas y medidas
01 Medidas lineales

1,97

02 Medidas de capacidad

2,90

03 Medidas ponderables

2,90

04 Instrumentos de pesar hasta 1.000 Kg.

9,46

06 Formación lastre preciso para comprobación. Cada 100 Kg.

1,02

07 Medidores automáticos

32,77

  Por cada unidad se devengarán además

9,46

35 Inspección anual de las empresas afectadas por el Reglamento de accidentes graves
85,43
36 Actuaciones en materia de acuicultura.
01 Otorgamiento, prórroga o cambio de dominio inter vivos o mortis causa:
  Viveros flotantes y parques de cultivo
91,91
  Restantes establecimientos de cultivos marinos y auxiliares. Base de aplicación (capital de instalación)
  Hasta 3.005,06 €

38,87

  Desde 3.005,07 a 9.015,18 €

58,00

  De 9.015,19 a 18.030,37 €

77,75

  Por cada 60.101,21 € más o fracción

10,98

02 Ampliación, modificación o cambio de sistema de las instalaciones de acuicultura y auxiliares

66,56

03 Modificaciones que afecten al cultivo (cambio de especies o de técnicas de cultivo)

66,56

04 Inspección, informes y otras actuaciones a petición del interesado realizadas por personal al servicio de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos:
  Sin salida

27,15

  Con salida al campo

153,59

  Con salida al mar

180,70

05 Traslado de establecimientos de cultivos marinos y auxiliares

170,44

  En las actuaciones en materia de acuicultura de los subapartados 01, 02, 03 e 05, si es preciso salir más de una vez para inspección e informes, se incrementará la tarifa reseñada en eses subapartados en 66,56 € por cada salida.
06 Autorización de extracción de semilla de mejillón (por cada autorización)
7,21
37 Actuaciones en materia de régimen especial de producción eléctrica:
01 Aprobación de planes eólicos estratégicos
  Para las primeras 3.000 ha o fracción aprobadas

2371,12

  Resto, por ha

0,23

02 Cambio de titularidad de planes eólicos estratégicos: Sobre la tarifa consignada en el subapartado anterior
50%
03 Reconocimiento de régimen especial de producción eléctrica
  Hasta 10 MW

288,63

  De 10 a 15 MW

577,25

  De 15 a 50 MW

1154,53

  De más de 50 MW

1803,95

04 Cambios de titularidad. Reconocimiento del régimen especial de producción eléctrica

216,46

05 Comprobación del cumplimiento de las condiciones de acceso al régimen especial:
  Hasta 5 MW

288,63

  Resto, por MW

14,44

38 Actuaciones con respecto a las secciones 1ª y 3ª del Registro de Instalaciones de Distribución por el menor de Productos Petrolíferos Líquidos.
01 Inscripción:
  Por el conjunto de las dos primeras mangueras

32,15

  Por cada manguera que exceda de dos

8,04

02 Cambio de titularidad.
  Sobre la tarifa consignada en el subapartado 01 de este mismo apartado
50%
03

Ampliación de las instalaciones.

  Sobre la tarifa consignada en el subapartado 01 de este mismo apartado
100%
39 Talleres, tacógrafos y limitadores de velocidad
01 Autorización e inscripción
76,50
02 Cambio de titularidad, renovación de la autorización e inscripción: sobre la tarifa anterior se devengará el 50 % de la misma.
41 Informes de supervisión de proyectos en materia de aprovechamientos de aguas.
01 Fase de estudio e informe del proyecto antes del otorgamiento de la concesión:
  Usos industriales e hidroeléctricos: 0,02 % del presupuesto

 

  otros usos: 0,001% sobre el presupuesto

 

  mínimo

72,15

02 Fases posteriores al otorgamiento de la concesión (fases de construcción o explotación de las infraestructuras) con salida al campo:
  Usos industriales e hidroeléctricos: 0,03 % del presupuesto
  Otros usos: 0,001 % sobre el presupuesto
  Mínimo/día

144,315304

  Por foto

2,907322

  Se entenderá por presupuesto la suma del presupuesto general, incluido el margen industrial, de administración, honorarios de facultativos e IVA.
42 Tramitación de expedientes de concesión de aguas
01 Visita de reconocimiento y control del aprovechamiento in situ a consecuencia de las disposiciones en vigor o de los términos propios de la concesión o autorización:
  Una jornada

144,315304

  Si es necesario salir más de un día, por cada día de más

129,883774

  Por foto

2,907322

02 Visita de reconocimiento para confrontar el proyecto in situ:
  Una jornada

144,315304

  Si es necesario salir más de un día, por cada día de más

129,883774

  Por foto

2,907322

03 Visita de reconocimiento para confrontar el proyecto, en caso de modificación del mismo in situ:
  Una jornada

144,315304

  Si es necesario salir más de un día, por cada día de más

129,883774

  Por foto

2,907322

04 Visita de reconocimiento final del aprovechamiento:
  Usos hidroeléctricos e industriales
  Una jornada

180,394130

  Si es necesario salir más de un día, por cada día de más

144,315304

  Por foto

2,907322

  Otros usos

 

  Si existe proyecto

108,236477

  Si no existe proyecto

72,157653

  Estas cantidades se incrementarán en un 5 % del valor del presupuesto del proyecto cuando éste no exceda de 33.340,63 € y en un 10 % sobre el exceso de 33.340,63 €.
05 Acta de adecuación del aprovechamiento de aguas a los condicionantes ambientales y/o hidrológicos de la concesión in situ:
  Una jornada

144,315304

  Si es necesario salir más de un día, por cada día de más

129,883774

  Por foto

2,907322

06 Emisión del acta previa a la puesta en funcionamiento

38,25

43 Legalización del aprovechamiento de aguas
01 Concesiones para abastecimiento de poblaciones o urbanización

79,37

02 Concesiones para regadíos y usos agrarios

79,37

03 Concesiones para uso de las aguas dedicadas a finalidades exclusivamente mineras

64,92

04 Concesiones para usos recreativos

64,92

05 Concesiones para extracción de áridos

64,92

06 Concesiones para establecimientos de acuicultura

64,92

07 Concesiones para navegación y transporte acuático

57,72

08 Otras concesiones

57,72

44 Reconocimiento de instalación de carácter parcial en caso de modificación de los aprovechamientos hidroeléctricos
01 Mediciones de azud

57,72

02 Mediciones de toma

57,72

03 Mediciones de cauce o caudal

57,72

04 Mediciones cámara de carga

57,72

05 Mediciones tubería forzada

57,72

06 Mediciones central hidroeléctrica

57,72

07 Mediciones restituciones

57,72

08 Comprobación de aparatos o compuertas

57,72

45 Levantamiento topográfico. Informe
153,002245
  Esta cantidad se incrementará en 0,245196 €/km de desplazamiento, 13,801026 €/h topógrafo y 9,212360 €/h auxiliar topógrafo.
46 Actuaciones con respecto a las secciones 2ª y 4ª del Registro de Instalaciones de Distribución por el menor de Productos Petrolíferos Líquidos.
01 Inscripción
  Hasta 40.000 l

56,05

  Cada 20.000 l o fracción que exceda

25,21

02 Cambio de titularidad
  Sobre la tarifa consignada en el subapartado 01 de este apartado se devengará el 50%
03 Ampliación de las instalaciones
  Sobre la tarifa consignada en el subapartado 01 de este apartado se devengará el 100%
47 Autorizaciones para realizar comprobaciones de tensiones de paso y de contacto de instalaciones de puesta a tierra

83,95

48 Cambio de titularidad. Autorizaciones de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica

360,78

49 Reconocimiento y autorización de las escuelas de navegación de recreo

144,32

50 Reconocimiento y autorización de las escuelas de buceo

144,32

51 Autorización de licencia comercial para grandes superficies

 

  Por metro cuadrado de superficie útil para exposición y venta al público

3,62

52 Actuaciones en materia de residuos:
01 Autorización o prórroga de la autorización de productor de residuos peligrosos

339,14

03 Autorización o prórroga de la autorización de gestor de residuos para actividades de valorización y eliminación de residuos

678,28

04 Inscripción en el Registro general de productores y gestores de residuos de Galicia

 

  pequeños productores de residuos peligrosos

169,56

  transportistas de residuos peligrosos o no peligrosos

169,56

  productores de residuos no peligrosos

169,56

  productores de residuos non peligrosos inertes

169,56

  productores de residuos de construcción y demolición

169,56

05 Inscripción de vehículos en el Registro general de productores y gestores de residuos de Galicia

42,41

06 Ampliación de inscripciones en el Registro general de productores y gestores de residuos de Galicia

42,41

07 Autorización o prórroga de la autorización de instalaciones de residuos urbanos

326,38

08 Autorización o prórroga de la autorización de gestión de residuos para actividades de transporte de residuos urbanos

169,56

09 Autorización o prórroga de autorización de gestión de residuos para actividades de transporte de residuos peligrosos asumiendo la titularidad

169,56

10 Autorización de productor de residuos de construcción y demolición, cuando el productor no esté previamente inscrito en el Registro general de productores y gestores de residuos de Galicia

339,14

11 Autorización o prórroga de la autorización de productor de residuos de construcción y demolición, cuando el productor esté previamente inscrito en el Registro general de productores y gestores de residuos de Galicia

42,41

12 Autorización de almacenamiento previo

339,14

13 Autorización de traslado transfronterizo de residuos

169,56

53 Anuncios en el Diario Oficial de Galicia. Para cada línea en columna de 18 cíceros
01 Procedimiento ordinario

5,31

02 Procedimiento urgente

10,61

54 Realización de copias de planos de demarcación de derechos mineros
  Por cada copia de planos de demarcación hasta 50 cuadrículas

33,34

  Por cada cuadrícula que exceda de 50

0,66

55 Contrastación de metales preciosos
01 Procedimiento urgente
  Oro

0,108235

  Mínimo

1,64

  Platino

0,151531

  Mínimo

2,26

  Plata

0,021646

  Mínimo

0,35

02 Análisis consultivo

 

  Oro

28,87

  Platino

115,45

  Plata

21,65

56 Expedición del certificado oficial de explotación de patentes de invenciones y modelos de utilidad

109,65

57 Expedición de la autorización ambiental integrada

218,74

58 Actuaciones en materia de metrología legal
01 Registro de control metrológico de fabricantes, reparadores e importadores con sede en la Comunidad Autónoma de Galicia
  Por cada inscripción
84,24
  Por la renovación de la inscripción, de la tarifa anterior el
02 Aprobación del modelo, modificación de la aprobación del modelo, autorización para su uso metrológico, prórrogas de aprobación el modelo de instrumentos de medida, autorizaciones, habilitaciones de laboratorios de verificación metrológica , organismos de control metrológico u organismos de verificación metrológica

99,96

03 Traslados, ampliaciones y modificaciones de laboratorios de verificación metrológica, organismos de verificación metrológica u organismos de control metrológico

51,00

59 Informe de evaluación de ensayos clínicos y de estudios post-autorización para medicamentos de uso humano y productos sanitarios
01 Evaluación de nuevos ensayos clínicos, actuando el CEIC de Galicia como implicado

639,85

  Por cada centro participante en Galicia se le añadirá a la cantidad anterior

319,92

02 Evaluación de nuevos ensayos clínicos, actuando el CEIC de Galicia como CEIC de referencia

1066,41

  Por cada centro participante en Galicia se le añadirá a la cantidad anterior

319,92

03 Evaluación de nuevos estudios post-autorización, por evaluación global

639,85

04 Modificaciones relevantes a los protocolos de ensayos clínicos aprobados

319,92

60

Dirección e inspección de la explotación de infraestructuras hidráulicas.

4%
  La base imponible será el importe de cada una das certificaciones expedidas polo servicio. El tipo de gravame será del:
4%
61 Informes sobre fenómenos meteorológicos específicos
01 Informe de descrición de la situación meteorológica por localidad y día
10
02 Informe de descrición de la situación meteorológica en una localidad en un determinado mes
30
99 Tarifas portuarias aplicables en los puertos e instalaciones competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia  
01 Tarifas por servicios generales  
  Tarifa G-1. Entrada y estancia de barcos
  Cuantía básica
9,034673
  (por cada 100 unidades de arqueo bruto o fracción, por cada periodo de veinticuatro horas o fracción)
  Porcentajes
  Reducciones o bonificaciones tarifa G-1
  Reglas tarifa G-1
  Tarifa G-2. Atraque.
  Cuantía básica
1,128622
  (por cada metro de eslora o fracción y por cada periodo de veinticuatro horas o fracción que permanezca atracado o amarrado)
  Coeficientes por calado del muelle medido en B.V.M.E.
  Reducciones o bonificaciones tarifa G-2
  Reglas Tarifa G-2
  Tarifa G-3. Mercancías y pasajeros
  Pasajeros y vehículos
  Pasajeros - Navegación Interior, local o de ría
  Bloque II: con butacas de salón y pasajeros de cubierta.

0,032882

  Bloque I: pasajeros de camarotes o cabinas

0,065885

  Pasajeros - Navegación entre puertos de la UE

 

  Bloque II: con butacas de salón y pasajeros de cubierta.

1,011341

  Bloque I: pasajeros de camarotes o cabinas

2,817310

  Pasajeros - Navegación exterior

 

  Bloque II: con butacas de salón y pasajeros de cubierta.

3,034026

  Bloque I: pasajeros de camarotes o cabinas

5,634619

  Vehículos - Navegación interior, local o de ría

 

  Motocicletas y vehículos o remolques de dos ruedas

0,158612

  Automóviles

0,793061

  Camiones, autocares y otros vehículos de transporte colectivo

3,965304

  Vehículos - Navegación entre puertos de la UE

 

  Motocicletas y vehículos o remolques de dos ruedas

0,317223

  Automóviles

1,586120

  Camiones, autocares y otros vehículos de transporte colectivo

7,930608

  Vehículos - Navegación exterior

 

  Motocicletas y vehículos o remolques de dos ruedas

0,634449

  Automóviles

3,172244

  Camiones, autocares y otros vehículos de transporte colectivo

15,861215

  Reducciones o bonificaciones tarifa G-3 (pasajeros y vehículos)

 

  Mercancías

 

  Grupo primero de mercancías (por Tm de peso bruto o fracción)

0,475836

  Grupo segundo de mercancías (por Tm de peso bruto o fracción)

0,793061

  Grupo tercero de mercancías (por Tm de peso bruto o fracción)

1,268897

  Grupo cuarto de mercancías (por Tm de peso bruto o fracción)

2,061959

  Grupo quinto de mercancías (por Tm. de peso bruto o fracción)

3,172244

  Reducciones o bonificaciones tarifa G-3 (mercancías)
  Bateas concertadas
  Tipo A

222,057040

  Tipo B

253,779461

  Tipo C

285,501894

  Reducciones o bonificaciones tarifa G-3 (bateas concertadas)
  Mercancías cargadas o descargadas en muelles, pantalanes o boyas, construidas por particulares en régimen de concesión administrativa: tarifas establecidas en la resolución de otorgamiento de la concesión.
  Reglas Tarifa G-3
  Tarifa G-4. Pesca fresca (sobre el valor de la pesca)
2%
  Reducciones o bonificaciones tarifa G-4
  Reglas Tarifa G-4
  Tarifa G-5. Embarcaciones deportivas y de recreo
  A) Por la utilización das aguas del puerto y demas instalaciones portuarias:
  Zona I

0,040010

  Zona II

0,024005

  B) Por los servicios utilizados de atraque, fondeo o estancia en seco de embarcaciones:

 

  1. Atracada en punta:

0,044009

  2. Atracada de costado:

0,110024

  3. Atracada a banqueta o escollera

0,022005

  4. Fondeo:

0,044009

  5. Embarcaciones en seco:

0,093356

  C) Por la disponibilidad de otros servicios específicos:

 

  1. Por cada finger o brazo de amarre en cada puesto de atraque

0,018670

  2. Por tren de fondeo para amarre por popa de embarcaciones atracadas

0,009335

  3. Toma de agua

0,006668

  4. Toma de energía eléctrica

0,006668

  5. Vigilancia general de la zona

0,006668

  Coeficientes
  Reducciones o bonificaciones tarifa G-5
  Reglas Tarifa G-5
02 Tarifas por servicios específicos  
  Tarifa E-1: Grúas
  Grúas de menos de 3 toneladas

27,806339

  Grúas entre 3 y 6 toneladas

37,728602

  Grúas mayor de 6 toneladas

43,676625

  Recargos Tarifa E-1
  Reglas Tarifa E-1
  Tarifa E-2: Almacenaje, locales y edificios
  Zona de maniobra y tránsito (en el caso de existir autorización)(por m² o fracción y día natural o fracción)
  Grupo A
  Días 1 a 10

0,040343

  Días 11 a 20

0,123562

  Días 21 y siguientes

0,243722

  Grupo B

 

  Días 1 a 10

0,026873

  Días 11 a 20

0,082352

  Días 21 y siguientes

0,162504

  Grupo C

 

  Días 1 a 10

0,020205

  Días 11 a 20

0,061814

  Días 21 y siguientes

0,121894

  Zona de almacenamiento

 

  Grupo A

 

  Superficie descubierta

0,022005

  Superficie cubierta

0,084553

  Grupo B

 

  Superficie descubierta

0,014670