Xunta de Galicia - Consellería de Economía e Facenda

ANEXO 1, TASA POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY 6/2003, DE 9 DE DICIEMBRE, DE TASAS, PRECIOS Y EXACCIONES REGULADORAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. (D.O.G. Núm.240 de 11 de diciembre de 2003). (1)

(1) Tarifas actualizadas por la Ley 8/2003, de 23 de diciembre, de PGCA para 2004 (DOG nº 251, do 29 de diciembre de 2003), y Ley 13/2004, de 29 de diciembre, de PGCA para 2005 (DOG nº 253, de 29 de diciembre de 2004), y Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de PGCA para 2006 (DOG nº 250, de 30 de diciembre de 2005), Ley 14/2006, de 28 de diciembre, de PGCA para 2007 (DOG nº 249, de 29 de diciembre de 2006) y Ley 16/2007, de 26 de diciembre, de PGCA para 2008 (DOG nº 251 de 31 de diciembre de 2007).

No sujeción

No se exigirá la tasa por servicios administrativos cuando se trate de compulsas o cotejos de documentos que deban acompañar a solicitudes, escritos o comunicaciones presentadas por el ciudadano y realizadas en el ámbito de actuación de los registros según lo dispuesto en el artículo 38.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Exenciones

Gozarán de exención de la presente tasa:

  1. La expedición de certificados de retribuciones satisfechas por la Xunta de Galicia con el objeto de justificación en relación con el impuesto sobre la renta de las personas físicas.
  2. La expedición de certificados y compulsa que el personal de la Administración solicite respecto a necesidades propias del puesto de trabajo o relación de servicios.
  3. Los alumnos por cualquier actuación en materia de enseñanzas no universitarias.
  4. Las compulsas realizadas en las oficinas de empleo para los desempleados en la tramitación de expedientes que sean competencia de dichas oficinas.
  5. La inscripción en las convocatorias para la selección de personal de la Comunidad Autónoma, previa justificación documental, solicitada por:
    • Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
    • Personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial; en el caso de miembros de categoría general tendrán una bonificación del 50%.
  6. La expedición de certificados relativos a la situación fiscal.
  7. El Estado y los demás entes públicos territoriales o institucionales, siempre que los servicios o actividades de que sean beneficiarios se presten o realicen en el marco del principio de colaboración entre administraciones.
  8. Las víctimas de actos terroristas así como sus cónyuges e hijos por cualquier actuación en materia educativa realizada en centros oficiales de estudios en todos los niveles de enseñanza.
  9. Los miembros de los organismos consultivos de la Administración pública gallega respecto a los certificados emitidos por dichos organismos.
TASAS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS (Código 30)
Código Descripción Tarifa
01 Diligenciado de libros. 4,77
02 Inscripción en registros oficiales:  
  Primera inscripción. 9,46
  Modificaciones de la primera inscripción. 4,77
03 Inscripción en las convocatorias para la selección de personal de la Comunidad Autónoma:  
  Grupo I del convenio o para acceder a un puesto de trabajo del grupo A 39,94
  Grupo II del convenio o para acceder a un puesto de trabajo del grupo B 34,39
  Grupo III del convenio o para acceder a un puesto de trabajo del grupo C 29,96
  Grupo IV del convenio o para acceder a un puesto de trabajo del grupo D 24,41
  Grupo V del convenio o para acceder a un puesto de trabajo del grupo E 19,97
  En caso de inscripción en listas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Autónoma 16,65
04 Expedición de certificados. 2,90
05 Compulsa de documentos:  
  Primer folio 1,20
  Por cada uno de los folios siguientes 0,30
06 Verificación de suficiencia y documentos acreditativos de legitimación 6,00
07 Autorizaciones de máquinas recreativas y de azar:  
01 Autorización de explotación o primer boletín de instalación:  
  Máquinas tipo «A» 46,83
  Máquinas tipo «A especial» 57,14
  Máquinas tipo «B» 93,59
  Máquinas tipo «C» 187,05
02 Bajas, definitivas o temporales, altas por rehabilitación de baja temporal, cambios y recambios, cambios de titularidad y cualquier otra circunstancia que altere el contenido de la autorización.  
  Baja temporal o suspensión provisional, alta por rehabilitación de baja temporal o reinicio de la explotación de la máquina en suspensión provisional, cambio, cambio de titularidad o transmisión de la máquina, traslado de ámbito territorial, cambio de juego en máquina de vídeo o cualquiera otra circunstancia que altere el contenido de la autorización, excepto la baja definitiva 44,18
  Baja definitiva 20,00
03 Cambios en el boletín de instalación y baja del mismo:  
  Máquinas tipo «A» 17,73
  Máquinas tipo «A especial» 22,86
  Máquinas tipo «B» 44,18
  Máquinas tipo «C» 88,27
04 Petición de duplicado de documentos. 18,81
06 Habilitación o cambio del titular del local de instalación. 18,81
07 Diligenciado de la comunicación de instalación de la máquina:  
  Máquinas tipo «A» 10,83
  Máquinas tipo «A especial» 13,72
  Máquinas tipo «B» 21,65
  Máquinas tipo «C» 43,30
08 Homologación o modificación de los modelos de máquinas recreativas y de juego:  
01
Homologacións ou modificacións segundo o decreto 106/1998, do 12 de febreiro  
  Máquinas tipo «A» 72,15
  Máquinas tipo «A especial» 91,42
  Máquinas tipo «B» 180,40
  Máquinas tipo «C» 216,46
02
Homologación e inscrición no Rexistro de Modelos  
  Máquinas tipo «A» 72,15
  Máquinas tipo «A especial» 91,42
  Máquinas tipo «B» 180,40
  Máquinas tipo «C» 216,46

 

Modificacións substanciais da inscrición

 

 

Según el tipo de máquina el 100% de la cuantía señalada en el número 02

 

 

Modificaciones no substanciales de la inscrición

 

 

Según el tipo de máquina el 50% de la cuantía señalada en el número 02

 

 

Cancelación de la inscrición

 

 

Según el tipo de máquina el 100% de la cuantía señalada en el número 02

 

 

Autorización de la cesión de la inscrición

 

 

Según el tipo de máquina el 100% de la cuantía señalada en el número 02

 

 

Homologación de tarjetas prepago para máquinas tipo “B”

180,40

 

Homologación de fichas, tarjetas magnéticas prepago u otros soportes físicos autorizados para máquinas tipo “C”

216,46

09 Homologación o modificación de dispositivos de interconexión de máquinas de juego:  

01

Homologación o modificación de dispositivos de interconexión de máquinas de juego según el decreto 106/1998, del 12 de febrero

 

 

Máquinas tipo "B"

90,98

 

Máquinas tipo "C"

125,38

02

Homologación de sistemas de interconexión de máquinas de juego

 

 

Máquinas tipo "B"

90,98

 

Máquinas tipo "C"

125,38

03

Autorización de instalación de sistemas de interconexión de máquinas de juego

 

según el tipo de máquina el 100% de l cuantía señalada en el número 02

 

04

Autorización de instalación del centro de control del sistema de interconexión de máquinas de juego tipo “B” entre establecimientos

1500,00

05

Autorización de instalación del centro de control del sistema de interconexión de máquinas de juego tipo “C” entre casinos

1500,00

10 Inscripción provisional de modelos de máquinas recreativas y de azar  

 

Inscrición provisional

67,43

 

Prueba de prototipo de modelos. Cada unidad de prototipo

46,83

11 Visita de inspección para la emisión  o renovación de la guía de circulación 78,54
12 Expedición de la guía de circulación 16,32
13 Renovación de la guía de circulación 3,06
14 Comunicación de exhibición de prototipos de modelos en ferias y exposiciones  

 

Máquinas tipo "A"

10,83

 

Máquinas tipo "A especial"

13,72

 

Máquinas tipo "B"

21,65

 

Máquinas tipo "C"

43,30

08 Empresas operadoras, fabricantes, importadoras, distribuidoras, de servicios técnicos y sociedades mercantiles, explotadoras de salones:  
01 Autorizaciones 233,77
02 Modificaciones 93,59
03 Cancelación de la inscrición 44,18
09 Salones recreativos o de juego:  
01 Autorización de instalación

93,59

02 Autorización de apertura

373,96

03 Modificaciones de la autorización de apertura

 

  Modificaciones substanciales

187,05

  Modificaciones no substanciales

93,52

04 Otras autorizaciones

90,98

10 Bingos:  
02 Autorización de instalación o de traslado

233,77

03 Autorización de apertura, por nueva instalación o traslado, atendiendo a su categoría según su capacidad:

 

  Tercera categoría (hasta 200 jugadores)

934,79

  Segunda categoría (entre 201 y 400 jugadores)

1168,54

  Primera categoría (entre 401 y 600 jugadores)

1402,18

  Categoría especial (entre 601 y 800 jugadores)

2336,97

04 Modificación de autorizaciones de instalación y de apertura.

233,77

05 Otras autorizaciones.

112,30

06 Empresas de servicios de explotación de bingos:

 

  Autorizaciones

934,82

  Renovaciones

467,47

  Modificaciones

467,47

07 Acreditaciones profesionales

18,82

08 Homologación de material de juego

83,64

11 Casinos:  
01 Autorización de instalación o de traslado.

2804,34

02 Autorización de apertura por nueva instalación o traslado.

4673,85

03 Renovación de autorizaciones de instalación y de apertura.

2336,97

04 Modificaciones sustanciales de autorizaciones de instalación de apertura o que afecten al proyecto técnico.

2336,97

05 Otras autorizaciones y modificaciones no sustanciales.

467,47

06 Acreditaciones profesionales

18,82

07 Homologación de material de juego

83,64

08

Autorización para la realización de torneos/campeonatos de los distintos juego autorizados

100,00

09

Autorización de la publicidad de torneos/campeonatos autorizados, u otra publicidad acorde con las reglas de la competencia y los usos mercantiles

250,00

13 Rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias:  
01 Autorización de explotación. 93,59
02 Modificación de la autorización de explotación. 46,83
14 Expedición de licencias de pesca continental y matrículas de embarcaciones:  
01 Clase A: válida para españoles, otros ciudadanos de la Unión Europea y extranjeros residentes, mayores de 18 años o menores de 65 años

18,40

02 Clase A-1: iguales características que la clase A, pero con un periodo de validez de quince días

2,87

03 Clase B: válida para extranjeros no residentes y ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea

36,74

04 Clase B-1: iguales características que la clase B, pero con un periodo de validez de quince días

3,69

05 Clase C: válida para españoles, otros ciudadanos de la Unión Europea y extranjeros residentes, menores de 18 años o mayores de 65 años

9,21

06 Clase C-1: iguales características que la clase C, pero con un periodo de validez de quince días

2,87

07 Clase D: licencia profesional para la pesca de anguila, angula, lamprea y especies de estuario

45,93

08 Clase E: licencia especial para embarcaciones y artefactos flotantes que se empleen en el ejercicio de la pesca

13,80

09 Recargo para licencias que incluyan la pesca del reo y salmón

5,75

10 Recargo para la pesca a flote

2,87

15 Expedición de licencias de caza:  
01 Clase A. Con armas de fuego:  
  A-1: españoles, comunitarios y extranjeros residentes mayores de 18 años

28,16

  A-2: españoles, comunitarios y extranjeros residentes menores de 18 años o mayores de 65 años

14,16

  A-3: extranjeros, no comunitarios y no residentes

93,59

02 Clase B. Con perros, cetrería y arco:

 

  B-1: españoles, comunitarios y extranjeros residentes mayores de 18 años

18,81

  B-2: españoles, comunitarios y extranjeros residentes menores de 18 años o mayores de 65 años

9,46

  B-3: extranjeros, no comunitarios y no residentes

65,49

03 Clase C. Para la tenencia o utilización de medios o procedimientos especiales

112,30

04 Inscrición para la realización del examen de cazador y más la expedición del certificado, de ser el caso

10,00

16 Matrículas de terrenos de carácter cinegético sujetos a régimen especial:  
03 Matrículas de terrenos cinegéticamente ordenados (TECOR).  
  La tarifa se determinará multiplicando el número de hectáreas del TECOR, excluyendo del mismo las hectáreas que estén declaradas como vedado de caza (mínimo el 10 % del total) y como refugio de fauna, por 0,09 €/ha, aplicándole las siguientes bonificaciones:  
  TECOR municipal 50 % cun mínimo de 199,72
  TECOR de carácter societario con más de 200 socios, si se reúne alguno de los siguientes requisitos: 25 % cun mínimo de 199,72
  Ámbito territorial superior a 25.000 ha y/o vedado de caza superior al 30 % de la extensión del TECOR  
  Limitaciones a la caza por razones de protección de especies catalogadas  
04 Matrículas de terrenos de carácter cinegético dedicados a explotaciones cinegéticas comerciales o mixtas.  
  La tarifa se determinará multiplicando el número de hectáreas de la explotación por los €/ha en función de su carácter abierto o cercado según la siguiente clasificación:  
  Grupo I. Explotaciones cinegéticas sobre terrenos abiertos 0,099855
  Grupo II. Explotaciones cinegéticas sobre terrenos cercados 0,199708
17 Actuaciones en materia de pesca, marisqueo y acuicultura:  
01 Expedición o duplicado de permisos de explotación:  
  A pie, tanto para marisqueo tradicional como para recursos específicos (nuevo permiso o renovación) 9,11
  Desde embarcación, según tonelaje de registro bruto (nuevo permiso, renovación, traslado y transmisión, ampliación o cambio de artes, para toda actividad pesquera y marisquera ejercida desde embarcación):  
  0,10 TRB - 2,50 TRB 18,12
           2,51 TRB - 5,00 TRB 27,15
           5,01 TRB - 10,00 TRB 45,24
           10,01 TRB - 63,32
  A pie con embarcación auxiliar (nuevo permiso, renovación) 10,94
02 Licencias de pesca marítima de recreo (concesión, renovación, duplicado).  
  a) Clase A (anual ) 3,62
  b) Clase A (mensual ) 2,90
  c) Clase B (anual ) 72,15
  d) Clase B (mensual) 18,04
  e) Clase C (anual ) 13,72
  f) Clase C (mensual) 6,85
  g) Clase C (validación) 6,85
03 Autorización de establecimiento y cambio de base de buques pesqueros:  
  Establecimiento de puerto base 7,21
  Cambio de puerto base 7,21
04 Autorización de concursos e campionatos de pesca deportiva 22,44
19 Inscripción para la realización de pruebas extraordinarias de aptitud para la obtención de los certificados profesionales de pesca y buceo. 17,52
20 Expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la LOGSE y de sus duplicados.     
21 Inscripción para la realización de pruebas de aptitud para la obtención de los siguientes títulos  o certificados.  
01 Examen teórico para la obtención del título para el gobierno de embarcaciones de recreo:  
  Para el título de patrón para navegación básica 28,87
  Para el título de patrón de embarcaciones de recreo 37,17
  Para el título de patrón de yate 52,07
  Para el título de capitán de yate 63,19
  Para el título de patrón de moto náutica «A» 28,04
  Para el título de patrón de moto náutica «B» 28,04
03 Por expedición de tarjetas acreditativas de las titulaciones o certificados anteriores. 49,03
04 Renovación de tarjetas acreditativas de las titulaciones de patrón de embarcación de recreo. 28,04
  Cuando las anteriores renovaciones tengan un periodo de validez de 2 años 5,61
05 Convalidación de cada tarjeta de autorización federativa expedida por la federación correspondiente. 4,24
06 Examen práctico para la obtención de la titulación de embarcaciones de recreo:

 

  Para el título de patrón de navegación básica 72,15
  Para el título de patrón de embarcaciones de recreo 72,15
  Para el título de patrón de yate 108,24
  Para el título de capitán de yate 108,24
07 Autorización para la realización de una convocatoria extraordinaria en una escuela reconocida o entidad autorizada:  
  Para los títulos de patrón de navegación básica o de patrón de embarcaciones de recreo 144,32
  Para los títulos de patrón de yate o de capitán de yate 216,46
22 Expedición de certificados sobre empresas o establecimientos de juego. 44,18
23 Devolución o sustitución de avales por actividades de juego. 17,73
24 Autorizaciones de espectáculos taurinos:  
  Becerradas y novilladas

11,38

  Novilladas sin picadores

28,54

  Novilladas con picadores

42,95

  Corrida de toros

57,10

  En poblaciones de menos de 10.000 habitantes la cuantía se reducirá en un 20 %.  
25 Inscripción en el Registro de aguas:  
  Primera inscripción.  
  a.- Inscripción del titular y del aprovechamiento

15,31

  b.- Inscripción del arrendamiento y/o gravamen

15,31

  Modificación de la primera inscripción

7,66

  Cambio de titular

11,51

  Otras modificaciones

7,21

26 Emisión de tarjetas correspondientes a los certificados profesionales de pesca y buceo:  
01 Por expedición de las tarjetas acreditativas de las titulaciones

36,08

02 Por renovación y emisión de duplicado de las tarjetas acreditativas de las titulaciones

21,65

27 Fotocopias compulsadas de expedientes en poder de la Administración.  
             a) Documentos:  
  Formato DIN A4 (€/copia)

0,084066

  Formato DIN A3 (€/copia)

0,210169

  Mínimo

2,90

  b) Planos:

 

  Formato DIN A4 (€/copia)

0,245196

  Formato DIN A3 (€/copia)

0,350279

  Formato superior a DIN A3 (€/copia)

0,455365

  Mínimo

2,90

  c) Copia en soporte digital:

3,14

28 Diligenciado del libro registro de prácticas de las escuelas de navegación de recreo. 72,15
29 Actuaciones en materia de registros o libros genealógicos de animales:  
01 Reconocimiento oficial de asociaciones u organizaciones:  
  Para el fomento de razas autóctonas de protección especial en peligro de extinción

28,87

  Para la llevanza o creación de libros genealógicos para équidos registrados

28,87

02 Control técnico de los libros genealógicos de razas de ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia y supervisión del correcto funcionamiento de las asociaciones u organizaciones que gestionen esos libros genealógicos, en su caso (por cada actuación)

10,83

03 Reconocimiento y autorización de personal técnico para la valoración y calificación de animales para su inscripción en registros genealógicos o revisión de los ya inscritos

21,65

31 Habilitación para la inscripción en el Registro de mediadores familiares:  
01 Habilitación para la inscripción en el registro. 105,07
02 Modificación de la inscripción. 14,01
33 Actuaciones del Registro de la Propiedad Intelectual:  
  Tramitación de solicitudes de inscripción, anotación o cancelación  
  con carácter general  
  cuando el autor y el titular son la misma persona

10,46

  cuando o autor y el titular son distintas personas

26,14

  casos específicos: obras audiovisuales, programas de ordenador, bases de datos, páginas web e multimedia.

 

  cuando el autor y el titular son la misma persona

16,73

  cuando el autor y el titular son distintas personas

31,37

  por colección de obras: musicales, poemas, etc.

 

  primera obra

10,46

  por cada una de las siguientes

1,05

  por obras colectivas

73,19

  Publicidad registral

 

  Expedición de certificado

10,46

  Expedición de nota simple

4,28

  Expedición de copias certificadas de documentos en soporte papel (hasta 10 páginas)

10,46

  A partir de las siguientes páginas (por cada página)

0,10

  Expedición de copia certificada en soporte distinto al papel

7,32

  Transmisiones

 

  Tramitación de solicitudes de inscripción por la transmisión de derechos ya inscritos (segunda y sucesivas inscripciones)

41,82

  Tramitación de solicitudes de inscripción por transmisión mortis-causa

31,37

  Traslado de expediente

31,37

34 Actuaciones en materia de protección y defensa de los animales domésticos y salvajes en cautividad:  
01 Declaración de entidad colaboradora para la protección y defensa de los animales domésticos y salvajes en cautividad.

13,31

02 Autorización de establecimientos de animales domésticos y salvajes en cautividad.

46,59

03 Autorización para la realización de certámenes, concursos, exposiciones o concentraciones de animales.

13,31

35 Certificado de capacitación para el adiestramiento para guardia y defensa:  
01 Expedición del certificado de superación de las pruebas correspondientes.

44,38

02 Expedición directa u homologación.

22,20

36 Homologación oficial de centros adiestradores.

26,63

37 Autorización para el establecimiento, traslado o modificación de explotaciones cinegéticas comerciales.

44,38

38 Actuaciones en materia de caza:

 

01 Expedición de la guía de tenencia de pieza cinegética viva en cautividad o de duplicado de la misma.

44,38

02 Autorización para la tenencia de hurones con fines cinegéticos.

44,38

03 Autorización para la tenencia de aves de cetrería.

44,38

04 Autorización para la caza de perdiz con reclamo (por cada actividad).

44,38

05 Autorización para las sueltas de especies cinegéticas en el medio natural.

44,38

06 Reconocimiento y evaluación de trofeo de caza.

44,38

07 Expedición del  precinto de caza mayor, excepto para los precintos expedidos en cacerías con ocasión de daños autorizadas por la consellería competente en materia de medio ambiente  (por cada unidad).

0,92

39 Actuaciones en materia de asociaciones:

 

01 Inscripción del acuerdo de constitución.

34,69

02 Inscripción de adaptación a la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, con modificación de estatutos.

17,36

03 Inscripción del acuerdo de disolución.

17,36

04 Inscripción de modificación de estatutos.

17,36

05 Inscripción de apertura, cambio y cierre de delegaciones o establecimientos.

17,36

06 Inscripción de federación, confederación y unión de asociaciones.

52,04

07 Inscripción de incorporación y separación de asociaciones a una federación, confederación y unión de asociaciones.

17,36

08 Obtención de informaciones o certificaciones:

 

  Primer folio

3,47

  Siguientes folios

1,72

09 Listados:

 

  Primer folio

3,47

  Siguientes folios

1,72

10 Anotaciones de cualquier clase en los expedientes o suministro de datos no incluidos en los apartados anteriores.

7,32

11 Tramitación del expediente de las asociaciones declaradas de utilidad pública.

17,70

40 Actuaciones en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas

 

01 Autorización para su celebración en vías públicas.

54,39

02 Tramitación de expedientes de apertura y funcionamiento de instalaciones destinadas a espectáculos y recreos públicos .

96,90

03 Autorización de ampliación de horarios.

30,60

41 Actuaciones en materia de seguros  
01 Inscripción de un agente de seguros exclusivo, persona física.

10,20

02 Inscripción de un agente de seguros vinculado, de un corredor de seguros o de reaseguros, persona física.

61,20

03 Inscripción de una sociedad de agencia de seguros o de un operador de banca-seguros, exclusivos o vinculados, de una sociedad de corredoría de seguros o de reaseguros.

142,80

04 Inscripción de cargos de administración y de dirección responsables de las actividades de mediación de seguros o de reaseguros de las sociedades de agencia de seguros o de los operadores de banca-seguros, exclusivos o vinculados, de corredoría de seguros o de reaseguros (por cada alto cargo).

10,20

05 Inscripción de cualquier otro acto inscribible o por la modificación de los inscritos (por cada uno de ellos).

10,20

06 Expedición de certificados relativos a la información incluida e los registros.

10,20

42 Participación en las pruebas para la obtención del certificado de Profesionalidad.

32,00

43 Habilitación profesional para la traducción y la interpretación jurada de otras lenguas para el gallego y viceversa.

 

01 Inscripción en las pruebas de traductores e intérpretes jurados de gallego para otras lenguas y viceversa.

66,30

02 Expedición del carnet acreditativo de la habilitación como traductor jurado e inscripción en el Registro de traductores e intérpretes jurados/oficiales.

20,40

03 Expedición del carnet acreditativo de la habilitación como intérprete jurado e inscripción en el Registro de traductores e intérpretes jurados/oficiales.

20,40

04 Expedición del carnet acreditativo de la habilitación como traductor e intérprete jurado e inscripción en el Registro de traductores e intérpretes jurados/oficiales.

30,60

44 Inscripción en las pruebas homologadas para la acreditación del nivel de competencia en lengua gallega y más la acreditación del nivel correspondiente, de ser el caso.

15,30

45 Homologación de planes de autoprotección privada  y de sus modificaciones y revisiones.

102,00

46 Actuaciones en materia de fundaciones

 

01

Inscrición inicial del acuerdo de constitución

34,69

02

Inscrición de modificación de estatutos

17,36

03

Inscrición de modificación del órgano de gobierno (ceses, nomeamentos, substituciones, aceptaciones)

17,36

04

Inscrición de delegaciones de facultades, revogaciones y apoderamientos

17,36

05

Inscrición de fusión, escisión y extinción de fundaciones

17,36

06

Inscrición de alojamiento, el gravamen y el arrendamiento de bienes

17,36

07

Inscrición de acciones de responsabilidad contra los miembros del padronado

17,36

08

Inscrición de delegación de fundaciones extranjeras

34,69

09

Inscrición de intervenciones temporales sobre las  fundaciones

17,36

10

Outras inscricións

7,32

11

Obtención de informaciones o certificaciones del registro

 

 

Primer folio

3,47

 

Siguientes folios (por unidad)

1,72

12

Expedición de listaxes de fundacións

 

 

Primerfolio

3,47

 

Siguientes folios (por unidad)

1,72

13

Anotaciones de cualquiera clase en los expedientes o subministración de datos no incluídos en los apartados anteriores

7,32

14

Expedición de copia de estatutos

17,36

15

Diligenciado de libros (actas, diario, cuentas, etc.)

4,77

47 Inscrición en el Registro de Empresas Operadoras de Transporte Marítimo:

 

 

Primera inscrición

70

 

Modificaciones de la primera inscrición

53

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Expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la LOGSE y de sus duplicados:
TÍTULO TARIFA NOR. F. N. 1ª CATEG. F. N. 2ª CATEG. DUPLICADO
Bachillerato

48,84 €

24,45 €

0 €

4,49 €

Técnico

19,96 €

10,01 €

0 €

2,31 €

Técnico superior

48,84 €

24,45 €

0 €

4,49 €

Conservación y restauración de bienes culturales

48,84 €

24,45 €

0 €

4,49 €

Certificado de aptitud del ciclo superior del primer nivel de enseñanzas especializadas de idiomas

23,43 €

11,74 €

0 €

2,31 €

Profesional de música / profesional de danza

23,33 €

11,67 €

0 €

2,17 €

Superior de música

62,73 €

31,37 €

0 €

6,27 €

Técnico Deportivo

20,36 €

10,20 €

0 €

2,35 €

Técnico Deportivo Superior

49,81 €

24,95 €

0 €

4,58 €

Diseño

49,81 €

24,95 €

0 €

4,58 €

Superior de Arte Dramática

63,98 €

32,00 €

0 €

6,40 €

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