El artículo 6 de la Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, establece que los precios privados serán fijados por la consellería correspondiente, una vez informados favorablemente por la Consellería de Economía y Hacienda y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Los precios de venta por cartografía tienen este carácter, de conformidad con lo establecido por el artículo 5 de dicha ley.
Desde 1990 los programas de ejecución de cartografía por parte de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda se centran en su elaboración por procedimientos analíticos. Como resultado, se dispone en la actualidad de un importante archivo de información cartográfica que es objeto de una demanda creciente por parte de organismos, profesionales, empresas o particulares. Con el fin de dar cobertura a esa demanda es preciso establecer un canal de distribución al público, fijando los correspondientes precios.
Por esta orden se modifica parcialmente -en lo que atañe a cartografía- la Orden de 22 de enero de 1996 (Diario Oficial de Galicia nº 44, del 1 de marzo).
Por todo lo anterior, considerando las variaciones producidas desde la norma anterior y una vez emitido informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda
A la entrada en vigor de esta orden, queda derogado el anexo I de la Orden de 22 de enero de 1996, por la que se fijan precios privados gestionados por la consellería y por el Laboratorio de Control y Asesoramiento para la Calidad de la Edificación (Lacace), dependiente del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Venta de cartografía
| Planos | 2D o 3D | 2D o 3D | 2D + 3D | 2D + 3D |
|---|---|---|---|---|
| Escalas | Ptas./hectárea | Hoja completa | Ptas./hectárea | Hoja completa |
| 1:5000 | 32 0,192324 |
25600 153,859099 |
48 0,288486 |
38400 230,788648 |
| 1:1000 | 800 4,808097 |
25600 153,859099 |
1200 7,212145 |
38400 230,788648 |
| 1:500 | 3200 19,232387 |
25600 153,859099 |
4800 28,848581 |
38400 230,788648 |
En el caso de adquirir las hojas de un bloque completo (término municipal escala 1/5.000, núcleo de población escala 1/1.000 o conjunto histórico 1/500) el precio final tendrá un 20% de descuento.
(1) Las cantidades en pesetas figuran con su conversión en euros tras la entrada en vigor de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, de Introducción del Euro.