Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, procede actualizar los precios de los servicios prestados en los campamentos, albergues, residencias y demás instalaciones juveniles dependientes de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, hasta ahora fijados por la Orden de 28 de diciembre de 2006 (DOG nº 2, del 2 de enero), así como establecer los precios de los diferentes carnés dirigidos a la juventud que se expiden a través de los servicios de juventud, casas de la juventud, oficinas TIVE y otras entidades colaboradoras.
La Ley 6/2003, que regula las tasas, precios y exacciones, dispone en su artículo 51 que la cuantía de estos se acordará por orden de la consellería correspondiente, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, por todo ello,
Para el empleo del material, que por su especificidad así lo exija, los grupos deberán contar con personal especializado y con las titulaciones necesarias para su utilización.
Los grupos deberán presentar en el momento en que vayan a hacer uso del material que por su especialidad así lo requiera, tanto el seguro que cubra la realización de la actividad como la acreditación de las titulaciones referidas en el párrafo anterior.
Los miembros de familia que tengan el título de familia numerosa tendrán un descuento del 50% sobre los precios relativos a las actividades promovidas por la Dirección General de Juventud y Solidaridad en el programa Campaña de Verano.
A estos efectos, el beneficiario del descuento deberá presentar, junto con la documentación que proceda en cada caso, una fotocopia compulsada del título de familia numerosa donde figure.
Los usuarios del Carné Xove Euro<26 y del Carné Máis, gozarán en todas las actividades promovidas por la Dirección General de Juventud y Solidaridad, de un descuento como mínimo del 10% y como máximo del 50%. El porcentaje de descuento aplicable en cada caso se especificará en el folleto informativo de cada uno de los programas y actividades que se lleven a cabo.
Queda derogada la Orden de 28 de diciembre de 2006 por la que se fijan las tarifas y los precios correspondientes a la prestación de servicios en las instalaciones juveniles, expedición de carnés dirigidos a la juventud y participación en actividades promovidas por la Dirección General de Juventud, durante el año 2007.
No obstante lo dispuesto en la disposición derogatoria, sigue vigente el precio del servicio (por plaza y mes) en las residencias juveniles para estudiantes contenido en el apartado C de la Orden de 28 de diciembre de 2006, durante el curso 2006/2007.
Se faculta al director general de Juventud y Solidaridad para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de enero de 2008.
Anxo Manuel Quintana González
Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar
Precios relativos a la utilización y los servicios prestados en los campamentos, albergues y residencias juveniles titularidad de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Por quincena | 114 |
| Por día | 11 |
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Por quincena | 153 |
| Por día | 16,30 |
Estos precios incluyen los siguientes servicios: alojamiento, alimentación en régimen de pensión completa, el uso de las instalaciones y material de conformidad con lo establecido en el artículo 2º.2 y 2º.3, el consumo de agua, electricidad y combustible, excepto el material de actividades específicas de animación.
Aquellos grupos que figuren inscritos en el registro de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar como entidades prestadoras de servicios sociales, gozarán de un descuento del 50% sobre los precios de este apartado.
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
Actividades náuticas (por quincena) |
168 |
Actividades al aire libre/medio natural,lúdicodeportivas y culturales (por quincena) |
143 |
Actividades al aire libre/medio natural, lúdicodeportivas
y culturales (turno de 7 días) |
82 |
Actividades turístico-deportivas (por quincena) |
168 |
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
Actividades náuticas (por quincena) |
188 |
Actividades al aire libre/medio natural,lúdicodeportivas y culturales (por quincena) |
180 |
Actividades al aire libre/medio natural, lúdicodeportivas
y culturales (quenda de 7 días) |
92 |
Actividades turístico-deportivas (por quincena) |
180 |
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Ámbito autonómico y nacional (por quincena) | 72 |
| Ámbito internacional (por quincena) | 72 |
| Servicios | Hasta 30 años | Mayores de 30 años |
|---|---|---|
| Pensión completa | 16,50 | 21,50 |
| Alojamiento | 7,50 | 11 |
| Almuerzo | 2,50 | 2,50 |
| Comida o cena | 6,70 | 6,70 |
Para hacer uso de estos servicios se deberá poseer el carné de alberguista en cualquiera de sus modalidades.
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Residentes internos | 263 |
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Un barco de vela media jornada | 6 |
| Un barco de vela una jornada | 11 |
| Una embarcación neumática a motor media jornada | 11 |
| Una embarcación neumática a motor una jornada | 21 |
| Una canoa media jornada | 4 |
| Una canoa una jornada | 7 |
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Una bicicleta media jornada | 4 |
| Una bicicleta una jornada | 7 |
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Uso del rocódromo media jornada | 3 |
| Uso del rocódromo una jornada | 6 |
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Media jornada | 7 |
| Una jornada | 11 |
Media jornada es una mañana o una tarde con un máximo de cuatro horas.
El régimen de pensión completa para grupos ya incluye el uso de las dependencias necesarias para el desarrollo del programa.
Precios por la expedición de los diferentes carnés dirigidos a la juventud.
| Descripción | Tarifa en euros |
|---|---|
| Carné Xove Euro<26 | 6 |
| Carné alberguista joven | 5 |
| Carné alberguista adulto | 12 |
| Carné alberguista grupo | 15 |
| Carné alberguista familiar | 24 |
| Carné alberguista para extranjeros (completo) | 21 |
| Carné alberguista para extranjeros (cupón) | 3,50 |
| Guía internacional de albergues | 11 |
| Carné teacher (ITIC) | 8 |
| Carné internacional joven (IYTC) | 6 |
| Carné student (ISIC) | 6 |
Anexo modificado por la Orden del 21 de febrero del 2008 (DOG nº 68 del 9 de abril de 2008)