Xunta de Galicia - Consellería de Economía e Facenda

Orden de 10 de enero de 2008 por la que se fijan las tarifas y precios correspondientes a la prestación de servicios en las instalaciones juveniles y a la expedición de carnés dirigidos a la juventud de la Dirección General de Juventud y Solidaridad, durante el año 2008.

Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, procede actualizar los precios de los servicios prestados en los campamentos, albergues, residencias y demás instalaciones juveniles dependientes de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, hasta ahora fijados por la Orden de 28 de diciembre de 2006 (DOG nº 2, del 2 de enero), así como establecer los precios de los diferentes carnés dirigidos a la juventud que se expiden a través de los servicios de juventud, casas de la juventud, oficinas TIVE y otras entidades colaboradoras.

La Ley 6/2003, que regula las tasas, precios y exacciones, dispone en su artículo 51 que la cuantía de estos se acordará por orden de la consellería correspondiente, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1º

  1. Los precios exigibles por la prestación de servicios y actividades en campamentos, albergues, residencias y demás instalaciones de juventud, gestionados por la Dirección General de Juventud y Solidaridad, de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, son los que se fijan en el anexo I de esta orden.
  2. Los precios relativos a la expedición del Carné Xove Euro<26, Carné Máis, carnés de alberguista en sus diferentes modalidades y carnés TIVE se recogen en el anexo II.
  3. Estos precios se entienden, de ser el caso, con el IVA incluido. La gestión de estos precios privados se hará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre.

Artículo 2º

  1. Los precios recogidos en el anexo I de esta orden serán expuestos en los tablones de anuncios de cada centro en función del tipo de instalación y del uso o no de energía eléctrica.
  2. Los grupos que usen una instalación juvenil tendrán preferencia para el uso de todas sus dependencias. No abonarán suplemento por el uso de las pistas polideportivas descubiertas, pero tendrán la obligación de abonar las tarifas establecidas en el anexo I de esta orden, por la utilización de polideportivos cubiertos o cualquier material de los que allí figuran.
  3. Cualquier material, incluido en esta orden, que sea usado por los grupos se devolverá en el mismo estado en que les fue cedido y se repondrá en el mismo lugar en el que se encontraba. Del mismo modo, serán responsables tanto de los desperfectos que causen en el material como de la responsabilidad civil en la que pudieran incurrir por posibles daños a terceros.

Para el empleo del material, que por su especificidad así lo exija, los grupos deberán contar con personal especializado y con las titulaciones necesarias para su utilización.

Los grupos deberán presentar en el momento en que vayan a hacer uso del material que por su especialidad así lo requiera, tanto el seguro que cubra la realización de la actividad como la acreditación de las titulaciones referidas en el párrafo anterior.

Artículo 3º

Los miembros de familia que tengan el título de familia numerosa tendrán un descuento del 50% sobre los precios relativos a las actividades promovidas por la Dirección General de Juventud y Solidaridad en el programa Campaña de Verano.

A estos efectos, el beneficiario del descuento deberá presentar, junto con la documentación que proceda en cada caso, una fotocopia compulsada del título de familia numerosa donde figure.

Artículo 4º

Los usuarios del Carné Xove Euro<26 y del Carné Máis, gozarán en todas las actividades promovidas por la Dirección General de Juventud y Solidaridad, de un descuento como mínimo del 10% y como máximo del 50%. El porcentaje de descuento aplicable en cada caso se especificará en el folleto informativo de cada uno de los programas y actividades que se lleven a cabo.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden de 28 de diciembre de 2006 por la que se fijan las tarifas y los precios correspondientes a la prestación de servicios en las instalaciones juveniles, expedición de carnés dirigidos a la juventud y participación en actividades promovidas por la Dirección General de Juventud, durante el año 2007.

Disposición transitoria

No obstante lo dispuesto en la disposición derogatoria, sigue vigente el precio del servicio (por plaza y mes) en las residencias juveniles para estudiantes contenido en el apartado C de la Orden de 28 de diciembre de 2006, durante el curso 2006/2007.

Disposiciones finales

Primera.-

Se faculta al director general de Juventud y Solidaridad para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-

Esta orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de enero de 2008.
Anxo Manuel Quintana González
Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar

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ANEXO I

Precios relativos a la utilización y los servicios prestados en los campamentos, albergues y residencias juveniles titularidad de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.

  1. Por la utilización de los campamentos y albergues juveniles durante la campaña de verano, se establecen los siguientes precios por plaza:
    1. En régimen de oferta concertada (dirigida a grupos).
      1. Campamentos:
        Tarifas para campamentos
        Descripción Tarifa en euros
        Por quincena 114
        Por día 11
      2. Albergues y residencias:
        Tarifas para albergues e residencias
        Descripción Tarifa en euros
        Por quincena 153
        Por día 16,30

      Estos precios incluyen los siguientes servicios: alojamiento, alimentación en régimen de pensión completa, el uso de las instalaciones y material de conformidad con lo establecido en el artículo 2º.2 y 2º.3, el consumo de agua, electricidad y combustible, excepto el material de actividades específicas de animación.

      Aquellos grupos que figuren inscritos en el registro de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar como entidades prestadoras de servicios sociales, gozarán de un descuento del 50% sobre los precios de este apartado.

    2. En actividades promovidas por la Dirección General de Juventud y Solidaridad.
      1. Campamentos:
        Tarifas para campamentos
        Descripción Tarifa en euros
        Actividades náuticas (por quincena)
        168
        Actividades al aire libre/medio natural,lúdicodeportivas y culturales (por quincena)
        143
        Actividades al aire libre/medio natural, lúdicodeportivas y culturales (turno de 7 días)
        82
        Actividades turístico-deportivas (por quincena)
        168
      2. Albergues:
        Tarifas para albergues
        Descripción Tarifa en euros
        Actividades náuticas (por quincena)
        188
        Actividades al aire libre/medio natural,lúdicodeportivas y culturales (por quincena)
        180
        Actividades al aire libre/medio natural, lúdicodeportivas y culturales (quenda de 7 días)
        92
        Actividades turístico-deportivas (por quincena)
        180
      3. Campos de trabajo:
        Tarifas para campos de trabajo
        Descripción Tarifa en euros
        Ámbito autonómico y nacional (por quincena) 72
        Ámbito internacional (por quincena) 72
  2. Por servicios en los albergues y residencias integrados en la Red Española de Albergues Juveniles (REAJ), se establecen los siguientes precios por persona:
    Tarifas por servicios en los albergues y residencias
    Servicios Hasta 30 años Mayores de 30 años
    Pensión completa 16,50 21,50
    Alojamiento 7,50 11
    Almuerzo 2,50 2,50
    Comida o cena 6,70 6,70

    Para hacer uso de estos servicios se deberá poseer el carné de alberguista en cualquiera de sus modalidades.

  3. Servicio en las residencias juveniles para estudiantes (por plaza y mes), durante el curso 2008/2009, que comprende del 18 de septiembre de 2008 al 15 de julio de 2009.
    Tarifas por servicio en las residencias juveniles para estudiantes
    Descripción Tarifa en euros
    Residentes internos 263
  4. Por la utilización de las instalaciones recreativo-deportivas.
    1. Uso de pabellón polideportivo cubierto/hora:
      • Sin energía eléctrica: 11.
      • Con energía eléctrica: 20.
    2. Uso de pistas polideportivas descubiertas/hora:
      • Sin energía eléctrica: 5
      • Con energía eléctrica: 8.
    3. Uso de pistas de tenis/hora:3,50.
    4. Uso de piscina no climatizada/hora:2,50.
    5. Uso de material náutico. La gasolina correra a cargo del solicitante:
      Tarifas por uso de material náutico
      Descripción Tarifa en euros
      Un barco de vela media jornada 6
      Un barco de vela una jornada 11
      Una embarcación neumática a motor media jornada 11
      Una embarcación neumática a motor una jornada 21
      Una canoa media jornada 4
      Una canoa una jornada 7
    6. Uso de bicicletas:
      Tarifas por uso de bicicletas
      Descripción Tarifa en euros
      Una bicicleta media jornada 4
      Una bicicleta una jornada 7
    7. Uso del rocódromo:
      Tarifas por uso de rocódromo
      Descripción Tarifa en euros
      Uso del rocódromo media jornada 3
      Uso del rocódromo una jornada 6
  5. Por el uso de locales:
    Tarifas por uso de locales
    Descripción Tarifa en euros
    Media jornada 7
    Una jornada 11

    Media jornada es una mañana o una tarde con un máximo de cuatro horas.

    El régimen de pensión completa para grupos ya incluye el uso de las dependencias necesarias para el desarrollo del programa.

  6. Por la utilización de los campamentos y albergues para actividades recreativas al aire libre:
    1. Acampadas (con tiendas de la entidad): 3 euros/día y persona.
    2. Actividades recreativo-culturales en albergues (convivencia):
      1. 15 euros/día/grupo de hasta 50 usuarios.
      2. 22 euros/día/grupo de 51 a 100 usuarios.
      3. 37 euros/día/grupo de 101 a 200 usuarios.
      4. 71 euros/día/grupo de 201 a 300 usuarios.
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ANEXO II

Precios por la expedición de los diferentes carnés dirigidos a la juventud.

Precios de expedición
Descripción Tarifa en euros
Carné Xove Euro<26 6
Carné alberguista joven 5
Carné alberguista adulto 12
Carné alberguista grupo 15
Carné alberguista familiar 24
Carné alberguista para extranjeros (completo) 21
Carné alberguista para extranjeros (cupón) 3,50
Guía internacional de albergues 11
Carné teacher (ITIC) 8
Carné internacional joven (IYTC) 6
Carné student (ISIC) 6

Anexo modificado por la Orden del 21 de febrero del 2008 (DOG nº 68 del 9 de abril de 2008)

A CONSELLERÍA
Bienvenida del Conselleiro
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