Con base en el artículo 25.1º de la Ley 1/1998, de 7 de abril, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1998, el Consello de la Xunta de Galicia, por Decreto 124/1998, de 23 de abril, autorizó la realización de las operaciones financieras contempladas en la indicada ley mediante la emisión de deuda pública o la concertación de créditos, facultando, asimismo, al conselleiro de Economía y Hacienda para que establezca las condiciones de dichas operaciones y dicte las disposiciones necesarias a tal efecto. Por todo ello,
Habiéndose obtenido la autorización, establecida en el artículo 14 apartado 3º de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas, mediante acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 19 de junio de 1998, se dispone la emisión de deuda pública interior por un importe de 17.500 millones de pesetas.
Esta emisión constituye a todos los efectos un segundo tramo de la emitida el 20 de julio de este año 1988, código valor ES0001352147, por importe de 13.000 millones de pesetas, con un cupón del 5,40% y vencimiento 20 de julio de 2018.
Este tramo se emite bajo la forma de obligaciones de la Xunta de Galicia representada mediante anotaciones en cuenta, al amparo de los artículos 55 y siguientes de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores, con las modificaciones establecidas por la Ley 37/1988, de 16 de noviembre, de reforma de la anterior.
La emisión de deuda pública que autoriza la presente orden, tendrá las características que se detallan a continuación:
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 1998.
José Antonio Orza Fernández
Conselleiro de Economía y Hacienda