Competencias de la Secretaría General y
del Patrimonio
A la Secretaría General y del Patrimonio le corresponden
las competencias siguientes:
Las establecidas en el Decreto 119/1982, de 5 de octubre,
así como aquellas que le sean encomendadas por delegación
del titular de la consellería.
El ejercicio de las competencias que las normas reguladoras
del patrimonio de la Comunidad Autónoma le atribuyen
a la Consellería de Economía y Hacienda.
Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría
General y del Patrimonio se estructura en las siguientes
unidades:
La Vicesecretaría
General Técnica, con nivel orgánico de
subdirección general, que ejercerá las siguientes
funciones:
Prestar asistencia al secretario general y del Patrimonio
en cuantos asuntos éste le encomiende para la coordinación
de los servicios.
Coordinar la elaboración del anteproyecto de
presupuestos de la consellería, proponer las actuaciones
concernientes al régimen interno de los servicios
de la consellería y cuantas disposiciones afecten
a su funcionamiento.
Las actuaciones en materia de acción social
que tenga atribuidas la Consellería de Economía
y Hacienda.
Para ello contará con las siguientes unidades con
nivel orgánico de servicio:
El Servicio de Gestión
de Personal.
Ejercerá las funciones de gestión, control
y coordinación de personal de los servicios centrales
y de las delegaciones de la consellería, y programará
las necesidades del personal funcionario y no funcionario.
El Servicio de Gestión
Económica y Control Presupuestario.
Llevará a cabo el seguimiento y la coordinación
de la ejecución presupuestaria y de la contratación
administrativa.
El Servicio de Régimen
Interior.
Será el responsable del funcionamiento del registro
general de la consellería y el encargado de la
organización y estructuración de la biblioteca
y archivos y, en general, de cuantos otros asuntos le
sean encomendados en materia de funcionamiento de los
servicios.
La Subdirección
General del Patrimonio de la Comunidad Autónoma,
que ejercerá las siguientes funciones:
La propuesta de las directrices en el tráfico
jurídico de los bienes patrimoniales de la Comunidad
Autónoma y en la forma de utilización de
los bienes de dominio público, así como
la coordinación de la gestión de todos los
asuntos concernientes a la administración y al
tráfico de dichos bienes.
La propuesta de diseño y configuración
del sector público empresarial de la Comunidad
Autónoma y la confección de los programas
de participación en entidades mercantiles.
El control de los ingresos y rendimientos que proporcione
a la Comunidad Autónoma su patrimonio, sin perjuicio
de las competencias que le puedan corresponder a otros
centros directivos de la consellería.
Para ello contará con las siguientes unidades con
nivel orgánico de servicio:
El Servicio Técnico
de Inventario.
Ejercerá las siguientes funciones:
Formación, actualización, valoración
y mantenimiento del inventario general de bienes y
derechos que integran el patrimonio de la Comunidad
Autónoma, estableciendo las debidas conexiones
con la contabilidad patrimonial y el catastro de bienes.
Emisión de valoraciones, dictámenes
e informes facultativos de naturaleza mobiliaria o
inmobiliaria.
Tramitación de los expedientes de pago del
Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Realización de trabajos técnicos
en los procedimientos de investigación y deslindamiento
de los bienes inmuebles que integran el patrimonio
de la Comunidad Autónoma .
El Servicio de Investigación
Patrimonial y Obras.
Ejercerá las siguientes funciones:
La realización de trabajos facultativos
propios de las obras de construcción, reforma,
conservación y reparación de los edificios
adscritos a la Consellería de Economía
y Hacienda y de aquellos otros que le encomiende la
Secretaría General y del Patrimonio; el seguimiento
y dirección de las obras que realice la Consellería
de Economía y Hacienda; la recogida periódica
de información sobre el parque edificado, tanto
de la que no se disponga en el momento de la recepción
como de aquella ya reflejada que sea preciso actualizar
y, en particular, la referente al estado de conservación,
sistemas de seguridad y adecuación a la normativa
vigente de los edificios.
El control e inspección de los usos por la
propia Administración de los bienes inmuebles
y derechos sobre ellos tanto demaniales como patrimoniales,
en propiedad o arrendados, adscritos a las diversas
consellerías u organismos públicos;
la comprobación del correcto ejercicio de las
facultades de conservación de los inmuebles
atribuidas en la adscripción y de la conformidad
del uso y disfrute que se hace de los mismos con los
fines previstos en las resoluciones de afectación;
la elaboración de propuestas para la mejor
aplicación de los bienes y derechos de la Comunidad
Autónoma, sobre las distribuciones y aprovechamiento
de espacios, así como para la resolución
de conflictos entre consellerías sobre la distribución
de los espacios adscritos .
El Servicio de Administración
y Gestión Patrimonial.
Ejercerá las siguientes funciones:
El tráfico jurídico-administrativo
de los bienes y derechos demaniales de la Comunidad
Autónoma, fundamentalmente a través
de la tramitación de los expedientes de afectación
y desafectación, adscripción y desadcripción
y mutuaciones demaniales.
La administración y gestión de los
bienes y derechos patrimoniales, en especial la adquisición,
enajenación y cesión de bienes inmuebles
y contratación de alquileres, así como
su explotación.
La emisión de estudios, dictamenes e informes
en materia patrimonial en relación con su ámbito
de competencia, asesoramiento patrimonial y elaboración
de instrucciones y propuestas de disposiciones de
carácter general sobre el patrimonio de la
Comunidad Autónoma.
El Servicio de Administración
Empresarial.
Ejercerá las siguientes funciones:
Gestión, tramitación, administración,
conservación y elaboración de las propuestas
de adquisición o enajenación de los
títulos representativos de la participación
de la Comunidad Autónoma en el capital de las
sociedades públicas o participadas y de las
de los organismos autónomos.
Proposición de las instrucciones que deberá
cursar la Secretaría General y del Patrimonio
a los representantes del capital autonómico
en los órganos sociales de gobierno de dichas
entidades mercantiles.
El Servicio de Gestión
de Riesgos y Seguros.
Ejercerá las siguientes funciones:
Análisis y valoración de riesgos
que puedan amenazar a los distintos bienes y derechos
que integren el patrimonio de la Comunidad Autónoma,
así como de los riesgos no cubiertos por los
sistemas de la Seguridad Social que afecten a la integridad
física o al patrimonio de las personas al servicio
de órganos y entes de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Galicia sometidos
en su actuación al derecho público para
los que la garantía a cargo de la Administración
venga exigida convencional o legalmente. Con tal fin
realizará los estudios y planes dirigidos a
la prevención, control, gestión, supresión,
minorización, retención, traslación
o cobertura externa de los diversos riesgos, así
como la garantía de éstos mediante la
aplicación de técnicas actuariales o
la contratación de seguros privados.
Coordinación de las informaciones necesarias
relativas a los riesgos asegurados, estableciendo
una base de datos de siniestralidad válida
para la toma de decisiones.
Elaboración y difusión de manuales
de prevención y tramitación de siniestros
entre las distintas consellerías y organismos
autónomos.
Centralización de la gestión de la
contratación de seguros privados para la obtención
de economías de escala.
El Servicio de Protección
y Defensa Patrimonial.
Ejercerá las siguientes funciones:
Protección genérica y defensa extrajudicial
del patrimonio de la Comunidad Autónoma frente
a terceros, consistente fundamentalmente en la tramitación
de los procedimientos de deslindamiento, de recuperación
de oficio de la posesión, de investigación
y sancionadores, así como la interposición
de reclamaciones y recursos.
Promover la inscripción o anotación
de los bienes y derechos de la Comunidad Autónoma
en los registros públicos correspondientes,
previa su depuración y regularización
jurídica, si fuera preciso.
La tramitación de los procedimientos especiales
de sucesión intestada a favor de la Comunidad
Autónoma.
El Servicio Técnico
Jurídico.
Bajo la dependencia directa del secretario general y del Patrimonio,
ejercerá las siguientes funciones:
El informe y tramitación de todos los proyectos
de disposición de carácter general que elaboren
los distintos centros directivos de la consellería,
de las compilaciones y refundiciones de normas y de las
publicaciones y, en general, de todos aquellos asuntos
que por razón de su competencia le sean encomendados
por la Secretaría General y del Patrimonio.
El estudio y tramitación de los recursos presentados
contra los actos emanados de la consellería cuando
su resolución no esté atribuida a otro órgano
por disposición legal, así como la preparación
y el informe de los asuntos que se tengan que elevar al
Consello de la Xunta de Galicia y el traslado de sus acuerdos.
La coordinación de la publicación de
toda clase de disposiciones y actos administrativos dictados
por los órganos de la consellería que deban
ser publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Integradas orgánicamente en la Secretaría General
y del Patrimonio, con nivel orgánico de subdirección
general, existirán las siguientes unidades:
La Asesoría Jurídica.
La Intervención Delegada.
Con dependencia funcional del conselleiro de Economía
y Hacienda, la Inspección
de Servicios, con categoría de subdirección
general, realizará el estudio, seguimiento y coordinación
del trabajo y de las unidades administrativas centrales y
territoriales dedicadas a tareas relacionadas con la auditoría
e inspección económico-financiera y tributaria,
proponiendo medidas encaminadas a la mejora de su funcionamiento.