Xunta de Galicia - Consellería de Economía e Facenda

Dirección General de Presupuestos

Organigrama de la Dirección General de Presupuestos Acceso a la información del Servicio de Análisis de Proyectos Acceso a la información del Servicio de Análisis Económico - Financiero Acceso a la información del Servicio de Costes de Personal Acceso a la información de la Subdirección General de Recursos y Análisis Presupuestario Acceso a la información del Servicio de Costes de Personal y Recursos Propios del Sergas Acceso a la información de la Subdirección General de Presupuestos Acceso a la información del Servicio de Programas Presupuestarios Generales Acceso a la información del Servicio de Normativa y Gestión de Recursos Presupuestarios Acceso a la información del Servicio de Programas Presupuestarios del Sergas

Competencias de la Dirección General de Presupuestos

  1. A la Dirección General de Presupuestos le corresponden las siguientes competencias:
    1. Realización de estudios y actuaciones relativos a la determinación de los recursos económicos que deben ser transferidos a la Comunidad Autónoma desde los presupuestos de otras administraciones públicas, salvo los que este decreto les asigne a otros centros directivos.
    2. Elaboración del proyecto de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, así como el desarrollo de las competencias atribuidas por la legislación vigente a la Consellería de Economía y Hacienda en materia presupuestaria.
    3. Llevar a cabo el análisis económico-financiero de la evolución presupuestaria en su vertiente de ingresos y gastos, pudiendo, en su caso, proponer aquellas medidas que se consideren convenientes para el necesario equilibrio presupuestario. A tal efecto, podrá reclamar la información que precise de los centros directivos correspondientes.
    4. El ejercicio de las competencias atribuidas por la legislación vigente a la Consellería de Economía y Hacienda en materia de retribuciones del personal, aprobación y modificación de anexos de personal, autorización de masa salarial en convenios y acuerdos colectivos, y, en general, en todas aquellas materias relacionadas con decisiones sobre el personal que tengan repercusión económica.
    5. La gestión del Fondo de Cooperación Local.
    6. Por lo que se refiere al Servicio Gallego de Salud (Sergas), sin perjuicio de las competencias generales incluidas en los apartados precedentes, le corresponde a este centro directivo :
      1. Establecer los criterios que se deben seguir en materia de gestión de recursos propios.
      2. Conocer aquellos actos de control, inspección y evaluación de la gestión, tanto en centros o servicios sanitarios propios como concertados, efectuados por la Consellería de Sanidad y el Sergas que tengan contenido económico y que sean de interés para la Consellería de Economía y Hacienda.
      3. Emitir informe sobre los proyectos de nuevas inversiones y nuevos servicios, en cuanto a su incidencia en los gastos recurrentes.

    Asimismo, requerirán informe previo de la dirección general, el establecimiento de conciertos de vinculación, revisión de tarifas, u otras modificaciones en las condiciones económicas de los servicios concertados que impliquen la adquisición de nuevos compromisos financieros o que condicionen la asignación de los recursos económicos para futuros ejercicios.

  2. La Dirección General de Presupuestos se estructura en las siguientes unidades:
    1. La Subdirección General de Presupuestos. Tendrá encomendado el desarrollo de las actuaciones necesarias para la elaboración del proyecto de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, y de las funciones que le corresponden a la Dirección General de Presupuestos en materia presupuestaria.

      Asimismo, llevará a cabo el análisis y supervisión de las aplicaciones informáticas utilizadas para la elaboración de los presupuestos y para la instrumentación y seguimiento de las modificaciones presupuestarias.

      Para el ejercicio de sus funciones la Subdirección General de Presupuestos contará con las siguientes unidades:

      1. Servicio de Programas Presupuestarios Generales.
        Ejercerá las siguientes funciones:
        1. Obtención, análisis y agregación de los datos, antecedentes, informes y estadísticas necesarias para la elaboración de los proyectos del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma.
        2. Recepción, informe y tramitación de los acuerdos sobre modificaciones presupuestarias.
        3. Elaboración y cifrado de los programas integrados en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con especial atención a los respectivos conceptos de transferencias e inversiones.
        4. Análisis y propuesta de las modificaciones de los programas y el control de realización de los objetivos asignados a cada programa.
      2. Servicio de Programas Presupuestarios del Sergas.
        Ejercerá las siguientes funciones:
        1. Obtención, análisis y agregación de los datos, antecedentes, informes y estadísticas necesarias para la elaboración de los proyectos del presupuesto de gastos del Servicio Gallego de Salud.
        2. Recepción, informe y tramitación de los acuerdos sobre modificaciones presupuestarias de los programas sanitarios.
        3. Elaboración y cifrado de los programas integrados en el presupuesto del Servicio Gallego de Salud, con especial atención a los respectivos conceptos de transferencias e inversiones.
        4. Análisis y propuesta de las modificaciones de los programas y control de realización de los objetivos asignados a cada programa de gasto integrado en el Servicio Gallego de Salud y en la Consellería de Sanidad.
    2. La Subdirección General de Recursos y Análisis Presupuestario.
      Ejercerá las siguientes funciones:
      1. El seguimiento y determinación, en su caso, de los recursos presupuestarios de la Comunidad Autónoma, con especial atención de los derivados del sistema de financiación.
      2. El análisis de la ejecución de ingresos y gastos, así como la gestión presupuestaria de los recursos derivados de transferencias corrientes y de capital.
      3. El análisis de la incidencia y la evaluación económica de políticas de gasto.
      4. La coordinación del proceso de elaboración de los anteproyectos de las leyes presupuestarias de la Comunidad Autónoma, y el estudio y análisis comparado de la normativa presupuestaria.
      5. El establecimiento del marco regulatorio y la determinación de la cuantía y distribución del Fondo de Cooperación Local.
      6. Aquellas otras que en materia presupuestaria le sean encomendadas por la dirección general.

      La Subdirección General de Recursos y Análisis Presupuestario contará con las siguientes unidades:

      1. El Servicio de Normativa y Gestión de Recursos Presupuestarios.
        Ejercerá las siguientes funciones:
        1. El desarrollo de la gestión presupuestaria de los recursos procedentes de transferencias corrientes y de capital, de los capítulos IV y VII del presupuesto de ingresos.
        2. El tratamiento de las propuestas normativas a incluir en los anteproyectos de las leyes presupuestarias de la Comunidad Autónoma y el análisis de la legislación específica en esa materia, relativa a los ámbitos autonómico, estatal y de la Unión Europea.
      2. El Servicio de Análisis Económico-Financiero.
        Ejercerá las siguientes funciones:
        1. La realización de las actuaciones necesarias para la determinación y seguimiento de los recursos derivados del sistema de financiación de las comunidades autónomas.
        2. El seguimiento y análisis de ejecución de los presupuestos de ingresos y gastos.
        3. Las relativas a la regulación del Fondo de Cooperación Local, y a la determinación de su cuantía provisional y definitiva, y del importe que corresponde a cada uno de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma.
    3. Con dependencia directa del director general de Presupuestos existirán los siguientes servicios:
      1. Servicio de Costes de Personal.
        Ejercerá el desarrollo de las funciones correspondientes a competencias atribuidas a la Consellería de Economía y Hacienda en materia de retribuciones de personal, modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo y autorización de la masa salarial de los acuerdos o convenios colectivos de personal laboral, así como el informe preceptivo para la modificación de sus condiciones retributivas.
      2. Servicio de Costes de Personal y Recursos Propios del Sergas.
        Ejercerá las funciones arriba indicadas, referidas al personal del Sergas, así como las que correspondan a la Dirección General de Presupuestos en materia de gestión de recursos propios de dicho organismo.
      3. Servicio de Análisis de Proyectos.
        Ejercerá funciones de apoyo a la dirección general y a sus distintas unidades en el análisis y seguimiento de las distintas políticas presupuestarias.
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